04/06/2024

Bilbao: Zona de Bajas Emisiones (ZBE)

¿Qué es la ZBE y por qué se pondrá en marcha en Bilbao?

Las directrices de la Unión Europea, y en concreto la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, obligan a los municipios de más de 50.000 habitantes, como es el caso de Bilbao, a tener implementada una Zona de Bajas Emisiones.

La creación de la ZBE en Bilbao, según se desprende del texto legal, tiene el objetivo de reducir la contaminación atmosférica, contribuir a la mitigación de los gases de efecto invernadero, mejorar la calidad acústica de la ciudad e impulsar el cambio hacia modos de transporte más sostenibles, para mejorar la salud global de la ciudadanía y de alcanzar los objetivos ambientales previstos para 2030. Se puede discutir o no la utilidad de la medida y habrá que analizar la misma con el paso el tiempo, pero al ser de obligado cumplimiento es inevitable cumplirla para evitar sanciones.

Puedes consultar aquí la ordenanza municipal sobre la Zona de Bajas Emisiones de Bilbao.

¿En qué consiste y cómo afecta la implantación de esta zona de bajas emisiones en Bilbao?

La ZBE del ámbito de Bilbao es un área de cerca de 2 km² que incluye el distrito de Abando, compuesto por los barrios de Abando e Indautxu, donde se restringe progresivamente
el acceso y la circulación de los vehículos contaminantes. (Puedes consultar aquí las calles afectadas).

En resumen:

• Tendrán restringido el acceso, la circulación y el estacionamiento de lunes a viernes (se excluyen sábados y festivos), de 07.00 a 20.00 horas, en la ZBE los vehículos contaminantes (clasificación ambiental B) desde el 15 de junio de 2025 y grandes contaminantes (clasificación ambiental A) desde el 15 de junio de 2024.

• Podrán acceder libremente y circular por la ZBE, así como estacionar en la misma, los vehículos que sean considerados poco contaminantes (clasificación ambiento 0 emisiones, ECO o C), así como las bicicletas, bicicletas de pedaleo asistido, otros ciclos y los vehículos de movilidad personal.

• Los vehículos con matrícula extranjera y aquellos que carezcan de clasificación ambiental por no estar inscritos en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) que sean poco contaminantes deberán notificar el acceso puntual a través de los medios telemáticos habilitados al efecto o darse de alta como vehículo poco contaminante en el Área de Movilidad del Ayuntamiento.

Ante estas restricciones, en la ordenanza se han previsto exenciones para determinada tipología de vehículos contaminantes (clasificación ambiental B) o grandes contaminantes (clasificación ambiental A). En el caso de los vehículos B las exenciones son de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2029, mientras que para los A lo serán hasta el 31 de diciembre de 2025. Entre otras se contemplan las siguientes:

• Los vehículos que estén prestando servicios de emergencias y esenciales.

• Los vehículos catalogados como históricos según la normativa y el procedimiento de aplicación.

• Ciclomotores.

• Vehículos de personas que dispongan de distintivo DES-M (personas con movilidad reducida) o que transporten a un titular de tarjeta PMR (de estacionamiento para personas con movilidad reducida).

• Los vehículos de personas empadronadas dentro del ámbito territorial de la ZBE con anterioridad a la entrada en vigor de esta ordenanza. O vehículos a nombre de la empresa, siempre que dichos vehículos estén dados de alta en padrón del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Bilbao. (De aplicación directa con la información existente en el Padrón Municipal de Vehículos. No obstante, y para la exención de los vehículos de los que dispongan las personas residentes en régimen de «renting», «leasing», arrendamiento, o vehículos a nombre de empresa, se deberá solicitar una autorización de acceso aportando los datos que acrediten el régimen de titularidad del vehículo, junto con indicación de las matrículas correspondientes.)

Invitaciones para comercio y hostelería: se podrá invitar a un máximo de 6 vehículos al mes natural (duración máxima 24 horas).

Para el acceso de los vehículos de personas invitadas por residentes o comerciantes en la ZBE, éstos últimos deberán comunicar el acceso de las personas invitadas mediante medios telemáticos, indicando los números de matrícula y el tiempo de permanencia de cada vehículo, en el plazo de 48 horas a contar desde el momento en el que se realiza el acceso a la ZBE.

Vehículos que acudan a establecimientos de alojamiento (se excluyen los pisos turísticos).

Para ello, los titulares de los establecimientos deberán comunicar, a través de medios telemáticos, cada una de las matrículas de los vehículos que acceden a sus instalaciones, y el tiempo de permanencia de cada uno, indicando día de entrada y salida (algo imposible de conocer en algunos casos y que el Ayuntamiento no ha tenido en cuenta…), en el plazo de 48 horas a contar desde el momento en el que se realiza el acceso a la ZBE.

¿Cómo se realiza el control de accesos a la zona de bajas emisiones?

En Bilbao no será necesario llevar la pegatina física en el vehículo ni solicitarla previamente. El control de accesos a la ZBE se realiza mediante un sistema automatizado de cámaras de lectura de matrículas de los vehículos que entran en la zona, que tiene en cuenta en la clasificación ambiental de los vehículos y las excepciones establecidas en la ordenanza.

La zona delimitada como ZBE se identificará y se señalizará de forma clara y reconocible en los puntos de acceso.

¿Cuándo se pone en marcha la ZBE en Bilbao?

La normativa sobre Zona de Bajas Emisiones (ZBE) entrará en vigor el 15 de junio. Previamente a la implantación definitiva del sistema automatizado de control de accesos, habrá un periodo de aviso de 3 meses, por lo que el régimen sancionador demorará su entrada en vigor hasta el 15 de septiembre de 2024 (no se multará hasta entonces).

Información y consultas sobre la ZBE

• El Ayuntamiento de Bilbao ha abierto una oficina para informar de todo lo relativo a la ZBE.

La oficina está situada en la calle Ripa número 7 y ofrecerá información, gestión de trámites y asesoramiento, en horario de lunes a viernes de 8.30 a 18.30.

También se podrá obtener información y orientación para el cumplimiento de la norma en el teléfono ☎ 94 644 54 12, y próximamente a través de la web bilbao.eus/zbe.

A través de la APP “ZBE Bilbao EGE” se podrán realizar gestiones desde los dispositivos móviles como tramitar invitaciones o permisos de entrada a la ZBE a partir de su entrada en vigor el 15 de junio.