12/07/2021

Programa de cooperación e innovación gastronómica, GASTROKOP

El Departamento de Desarrollo Económico Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, ha publicado la ORDEN de 23 de junio de 2021, por la que se aprueban, para el año 2021, las bases reguladoras acogidas al régimen de minimis del programa de cooperación e innovación gastronómica, Gastrokop.

Se trata de ayudas a proyectos de innovación en cooperación en el ámbito de la gastronomía, que tienen por finalidad fomentar las formas de cooperación entre al menos, dos entidades.

Se destinarán exclusivamente a cubrir los costes de cooperación y los costes directos relativos al proyecto innovador y tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables. El periodo de ejecución de los proyectos será anual o plurianual, dependiendo del período de ejecución de los proyectos presentados.

  • El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 6 de agosto de 2021.
  • Para el desarrollo de los proyectos será obligatorio el uso de producto local y habrá que configurar un equipo de innovación cuya persona responsable deberá estar en posesión de un título de grado universitario en el ámbito de la gastronomía o de ciclo formativo de grado superior en el ámbito de cocina o restauración.
  • Serán beneficiarios las personas físicas o jurídicas cuya actividad empresarial, total o parcial, sea la hostelería, y con domicilio fiscal y social, así como centro de trabajo, en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • La empresa solicitante tiene que estar encuadrada dentro del grupo CNAE 561 (restaurantes y puestos de comida) y estar dada de alta antes del 25 de octubre de 2020.
  • Además debe estar domiciliada en la CAPV y tener formalizado un contrato de compromiso de dos años con un proveedor local para la compra de producto local.
  • Serán gastos subvencionables los inherentes a las actividades de cooperación y los directamente relacionados con la ejecución del proyecto innovador:

– Gastos de personal participante en el proyecto en proporción a la dedicación horaria al mismo .

– Costes de compra o alquiler de instrumental y material, en la medida y durante el periodo en que se utilice para el proyecto.

– Costes derivados de la compra de materia prima.

– Costes derivados de subcontratación de actividades.

– Costes de funcionamiento de las actividades de cooperación (viajes, estancias, etc.)

– Costes de actividades de comunicación y divulgación.

– Costes indirectos.

NOTA.- Cuando el importe de alguno de los gastos imputables a cualquiera de los conceptos de costes/gastos subvencionables supere la cuantía de 5.000 euros, la persona solicitante deberá presentar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores.