11/06/2020

D.F.B.: Microcréditos (con muchos condicionantes)

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Dos precisiones previas:  El texto que regula este programa lo podéis visualizar en este enlace; y un micro-crédito no es una subvención: Implica la obtención de una cuantía para financiación que hay que devolver aunque tenga buenas condiciones financieras.

Como se aprecia en el titular señalamos «con muchos condicionantes«, y como muestra relacionamos los esenciales:

1.- Tienes que ser Persona Física ó Comunidad de Bienes.  (*)

2.- Haber declarado –como rendimiento del 2019menos de 20.000€ de beneficio (si es Comunidad de Bienes el mínimo de 20.000€ se aplica a cada comunero).

3.- No haber obtenido préstamos de Elkargi o ICOs.

4.- Tienes que tener trabajadores asalariados que no superen los 5 empleosen jornada completa– al 13 de marzo del 2020.

5.- En el año 2019 haber soportado costes laborales superiores a 15.000€.

Con estos condicionantes previos –sólo si los cumples– puedes contactar (cuanto antes) con tu asesoría fiscal, pues el procedimiento de tramitación es algo complejo. Para quienes lleváis la Gestión Fiscal en la sede social el contacto debe ser Ángel o su correo electrónico (? angelgago@asociacionhosteleria.com).

Más información, sobre características de la medida y documentación a presentar, en la web de Bizkaia Aurrera de Diputación Foral de Bizkaia – Bizkaiko Foru Aldundia

 

(*) LAS SOCIEDADES JURÍDICAS TIENEN SU PROPIA LINEA DE MICROCRÉDITOS: También es para empresas de 5 o menos trabajadores, sin préstamos de Elkargi o ICOs. Precaución: En estos casos analizan el Balance para ver la situación patrimonial, y nos consta que, cuando los resultados son deficientes, el expediente es rechazado.