Ayudas alojamiento Covid-19 en 2021
Se ha publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia (BOB), el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 85/2021 de 8 de junio, por el que se aprueba la convocatoria pública y las bases reguladoras del programa de subvenciones, en régimen de libre concurrencia, destinadas a personas autónomas y PYMES del sector turístico afectadas por la crisis de la COVID-19 en el ejercicio 2021.
Los puntos principales de la misma son los siguientes:
▶ Beneficiarios: Alojamientos turísticos (agroturismos, albergues, apartamentos, campings, casas rurales y establecimientos hoteleros).
▶ Requisitos: Podrán acceder a la condición de beneficiarias, las empresas y profesionales cuyo volumen de operaciones declarado en el IVA en el ejercicio 2020 haya sufrido una reducción igual o superior al 20%, en comparación al volumen de operaciones del ejercicio 2019.
▶ Hecho subvencionable: El mantenimiento de la actividad y el empleo.
▶ Cuantía de las ayudas: La cuantía de las ayudas para empresas y profesionales se establecerá en función del número de personas trabajadoras a jornada completa que, de media, hubieran estado dadas de alta en el año 2020 en el establecimiento, o centro de trabajo, al que se refiera la solicitud.
Todo ello según se determina a continuación:
• 1 persona trabajadora autónoma: 1.000 euros.
• 1 persona trabajadora en régimen general: 1.000 euros.
• A partir del 2.º trabajador en régimen general la ayuda se incrementa en 500 euros, hasta un máximo de 4.000 euros.
▶ Plazo de presentación: Desde las 9.00 horas del 16 de junio y hasta las 23:59 del día 16 de julio.
▶ Compatibilidad: Serán compatibles con cualesquiera otras provenientes de otros Organismos públicos o privados asignadas para el mismo objeto.
▶ La solicitud, deberá presentarse a través de la oficina virtual del Departamento de Promoción Económica , en el apartado correspondiente a su oficina virtual
▶ Se presentará una única solicitud por empresa o profesional y para un único centro de trabajo o establecimiento.
▶ Las solicitudes serán tramitadas por el orden de llegada. Se considerará fecha de recepción de la petición la última fecha de entrada en el registro correspondiente de la documentación que acredite que se reúnen los requisitos de la convocatoria.
NOTA
A todos los alojamientos que lleven la gestión fiscal en la Asociación, les estamos preparando la documentación necesaria y nos pondremos en contacto con ellos por si consideran oportuno que sea la Asociación quien presente la solicitud para esta ayuda.