Nuevo sistema de cotización de autónomos 2023

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Desde el 1 de enero de 2023 está en vigor un nuevo sistema de cotización para los autónomos, en el que la cuota de cotización va a depender de los beneficios anuales de la actividad. Son muchas las dudas que se plantean entre los hosteleros trabajadores por cuenta propia:

  • ¿cuánto tendré que pagar con las nuevas cuotas de autónomos?
  • ¿es verdad que ya no puedo elegir mi cuota de cotización?
  • ¿cuáles son los tramos de cotización en función de lo que gana un autónomo?
  • ¿ cómo se calcula la previsión de beneficios anuales y cómo sabe la Seguridad Social cuánto voy a ganar?
  • ¿cuándo tengo que empezar a pagar las nuevas cuotas?
  • ¿tengo que hacer algo para actualizarlo o es automático?…

Hay tiempo para regularizar la situación y, además, en la Asociación de Hostelería de Bizkaia te explicamos cómo funciona el nuevo sistema de cotización para autónomos y, si te llevamos la gestión laboral (o solamente gestión fiscal si no tienes trabajadores), te ayudamos a adaptarte a la nueva norma. 

Nueva normativa autónomos 2023, aplicable a hostelería

Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022, el 1 de enero de 2023 se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se modifica la protección por cese de actividad.  La principal novedad es que el nuevo modelo de cotización, que se implantará de manera gradual en los próximos 9 años, se basa en la cotización por los rendimientos netos reales obtenidos por el autónomo.

Nuevas bases de cotización de autónomos 2023, fecha límite para comunicar los Rendimientos a la Seguridad Social y pasos para la adaptación

♦ El trabajador autónomo o trabajador por cuenta propia, en función de su previsión de rendimientos netos, debe seleccionar de entre 15 tramos la base de cotización provisional sobre la que se calcularán las cuotas a ingresar mes a mes.

♦ Esta previsión de rendimientos deberá comunicarla el hostelero autónomo a la Seguridad Social antes del 31 de octubre de 2023.

♦ Posteriormente, la Tesorería General de la Seguridad Social regularizará anualmente la cotización: Tras realizar la declaración del IRPF, la Administración Tributaria informa a la Seguridad Social de los rendimientos netos computables, calculando ésta última la diferencia de cotización entre la previsión y la realidad, y reclamando al autónomo dicha diferencia de cotización si hubiera lugar o devolviendo lo pagado en demasía.

Pasos a seguir para adaptarse al nuevo sistema de cotización de autónomos, para hosteleros de Bizkaia en 2023

  Comunicación de actividades a la Seguridad Social

• Nuevos autónomos: Los trabajadores que inicien su actividad por cuenta propia a partir del 1 de enero de 2023 deberán comunicar todas las actividades económicas que realicen como autónomos y todas las sociedades a las que pertenezcan con el porcentaje de las mismas.

• Autónomos que ya estaban cotizando a la Seguridad Social: Aquellos que ya figurasen de alta el 1 de enero de 2023 deberán comunicar estos datos a la Seguridad Social antes del 31 de octubre de 2023 (las actividades económicas, las sociedades a las que pertenezcan y el porcentaje de las mismas).

 Elección de base de cotización de autónomos 2023 y posibilidad de cambiarla

Los trabajadores por cuenta propia ya no podrán elegir la base de cotización como antes, sino que cotizarán en función de sus rendimientos netos anuales (dentro de los 15 tramos de cotización establecidos).

¿Cuánto tendrán que pagar los hosteleros autónomos a la Seguridad Social en 2023?: Tabla de cuotas por tramo de rendimientos

(*) El cálculo de la cuota incluye:

Contingencias comunes: 28,30%
Contingencias profesionales: 1,3%
Cese de actividad: 0,9%
Formación profesional: 0,1%
MEI obligatorio (0,6%)

¿Cómo se decide la base provisional de cotización y, por tanto, la cuota de autónomos 2023?

• Para elegir el tramo de cotización y determinar la base, los autónomos deberán:

    Hacer una previsión al principio de cada año de los rendimientos netos
    Elegir, dentro del tramo que les corresponda, una base entre la mínima y la máxima con la cuota que le interese.

CONSEJO:

Si se prevé que se va a tener una base de cotización superior a la de 2022 (en función al tramo de rendimiento) es aconsejable comunicarlo cuanto antes a la Seguridad Social, a fin de ajustar las cuotas y no tener que hacer frente a un pago único cuando lo regularicen.

Cada dos meses se podrá variar la base de cotización (siempre dentro del tramo que corresponda en función a los rendimientos netos declarados previstos y con un máximo de 6 veces).

Cálculo de los rendimientos netos a efectos de la cotización de autónomos a la Seguridad Social

Para el cálculo de la base de cotización se tendrá en cuenta los rendimientos netos (ingresos menos gastos) de la actividad económica, incluyendo una deducción del 7% por los gastos genéricos (el 3% en el caso de los autónomos societarios). Los autónomos que estén en régimen de estimación directa, a esos rendimientos netos declarados a Hacienda, tendrán que sumarles todas las cuotas pagadas a la Seguridad Social.

A estos efectos, se tendrán en cuenta la totalidad de los rendimientos netos obtenidos en el año natural en el ejercicio de las distintas actividades profesionales o económicas que se realicen de forma individual, o como socios integrantes de cualquier entidad con o sin personalidad jurídica

¿Cuánto tendrán que pagar de cuota de autónomos los familiares y los societarios?

Para los familiares (autónomos colaboradores) y miembros societarios se han implantado unas bases mínimas que serán progresivas. Durante el año 2023 no podrán elegir una base de cotización inferior a 1.000 €/mes.

La cotización es obligatoria incluso para aquellos trabajadores que no presenten declaración del IRPF o no declaren ingresos y se encuadrarán en el grupo 7 del tramo de rendimientos.

Regularización de la cotización por la Seguridad Social (diferencia entre rendimientos previstos comunicados a principio de año y rendimientos netos reales).

La seguridad social regularizará las bases con los datos finales que le aporte Hacienda por medio de las declaraciones del IRPF.

• Si la cotización provisional fuese inferior a la real, se deberá ingresar la diferencia, hasta el último día del mes siguiente a aquel que se le notifique, sin intereses ni recargos de demora.

• Si, por el contrario, se cotiza por encima de los ingresos reales, la Seguridad Social procederá a devolver de oficio la diferencia, sin aplicación de intereses, antes del 30 de abril del ejercicio siguiente pero el autónomo puede renunciar a esta devolución y mantener las bases.

De momento, los autónomos que en diciembre de 2022 estén cotizando por una base superior podrán seguir haciéndolo aunque sus rendimientos sean inferiores y podrán renunciar a la devolución de cuotas si procede tras la regularización, si así lo deciden dentro del plazo de renuncia.

Tarifa plana para las nuevas altas de autónomos y los que en enero del 2023 ya disfrutan de esta tarifa plana en la Seguridad Social .

Se mantiene la tarifa plana durante el primer año para nuevos autónomos, aunque la cuota fija aumenta pasando de los 60 euros actuales a 80 euros al mes durante 12 meses.
Esta tarifa plana se podrá ampliar los siguientes 12 meses (segundo año) siempre y cuando los rendimientos no superen el salario mínimo interprofesional (SMI) y será necesario solicitar expresamente esta ampliación.

Los que venían disfrutando de la tarifa plana antes de enero de 2023 seguirán conservando los derechos y condiciones.

En resumen:  Tras la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización de autónomos (aplicable a Hostelería en Bizkaia), los trabajadores por cuenta propia tendrán que notificar a la Seguridad Social tanto las actividades que ejercen como los rendimientos que prevén tener para el 2023 y elegir (en función de los tramos establecidos según lo que ganen) una cuota. Estos cálculos, la decisión y la comunicación a la Seguridad Social tendrán que realizarse antes del 31 de octubre de 2023; aunque la Seguridad Social regularizará estos pagos en 2024, en función de los rendimientos declarados en el IRPF.

Tramitación modificaciones de cuotas de autónomos 2023

La comunicación a realizar a la Seguridad Social debe hacerse de manera telemática, a través de la web de la Seguridad Social para lo que es necesario acreditarse con DNI o certificado digitales (como la BAKQ), o vía SMS (si se ha registrado el número de teléfono en la Seguridad Social, se puede generar una clave temporal que llega por SMS para realizar el trámite en ese momento).

Los autónomos con trabajadores asalariados que hayan confiado su gestión laboral a la Asociación de Hostelería de Bizkaia pueden solicitarnos que les ayudemos con la tramitación, aunque tendrán que pedir cita para pasar por la sede social a firmar la solicitud. Los autónomos que trabajen por cuenta propia sin más trabajadores a su cargo, podrán dirigirse al departamento fiscal. En ambos casos, es necesario contar con el certificado digital del interesado o que la Asociación esté autorizada ante la Seguridad Social.

 

Asociación de Hostelería de Bizkaia

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