Las relaciones laborales…, o lo que queda

Recientemente, este mismo mes, varios miles de trabajadores han quedado fuera del ámbito de la negociación colectiva en el País Vasco pasando a depender de un Convenio de ámbito estatal: esto no es ni bueno ni malo, pues dependerá del contenido del Convenio; sin embargo, sí que refleja hacia dónde conducen las conductas de sindicatos como ELA y LAB que ostentan la mayoría sindical en la negociación. Su inmovilismo y cerrazón en determinados asuntos, provocan que las situaciones finalmente acaban como acaban.

Siendo importante el hecho de que para el 2016 todos los trabajadores que realizan su función en lo que comúnmente se conoce como Restauración en Colectividades, pasará a regirse por un Convenio de ámbito estatal, siendo importante eso, puede serlo mucho más el que unos 20.000 trabajadores del sector hostelero de Bizkaia vean congeladas sus condiciones laborales precisamente por esa falta de negociación colectiva y en base a los mismos argumentos que han generado que, desde el 2016, el sector de Colectividades, se rija por una normativa de ámbito estatal.

Las consecuencias de la desaparición de un Convenio, quedan perfectamente explicadas en el informe que remitimos a los afiliados junto con la copia de un artículo periodístico que hace referencia al mismo tema:

    a) Deja de existir un Convenio y, con tiempo, habrá que negociar uno nuevo.

    b) Los trabajadores en alta conservan sus derechos laborales… pero congelados.

    c) Para las nuevas contrataciones, no existiendo Convenio de ámbito superior que regule aspectos básicos como salarios, incapacidades, …, se aplicará para dichos aspectos lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores, lo que supone una clara desventaja para quienes se incorporan al sector.

RESPONSABILIDADES

Lo sencillo es decir que la culpa es de la otra parte…, y para nosotros así es: la responsabilidad hay que buscarla en las conductas de ELA y LAB que priorizando la consecución de Convenios en el marco o ámbito de empresas con un número importante de trabajadores, abandonan a los de miles de microempresas olvidándose de que también les corresponde defender a quienes en las mismas trabajan.

Algunos pretenderán imputar la culpa de la situación que se genere a la Asociación, como siempre se dice “por falta de voluntad negociadora”. Pues bien, para que quede claro quién ha tenido voluntad negociadora y quién no, nada mejor que alojar en nuestra web las copias de las Actas que se han producido y que reflejan cómo la Asociación ha presentado propuestas, ha hecho intentos de acercamiento (también los sindicatos), destacando que, ante la falta de acuerdo, en un primer momento desde la Asociación se aceptó unilateralmente la vigencia del Convenio hasta el 30 de junio de 2014…, posteriormente se prorrogó a petición de la Asociación hasta junio de 2015…, luego hasta diciembre 2015 y, ahora, ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo, nos enfrentamos a la pérdida de vigencia del Convenio Laboral en Hostelería.

Miles de trabajadores empiezan a depender desde 2016 irremediablemente de un Convenio estatal…, los que están en el sector presumiblemente verán sus condiciones congeladas…, los que llegan al sector estarán sin convenio provincial…, y todo ello después de tener los sindicatos una propuesta más que razonable en el ámbito o contexto económico que ahora existe.

Se puede decir que hay tiempo…, que todavía hay margen…, pero para ello es imprescindible que ELA o LAB, o los dos, cambien de actitud: la Asociación tiene una propuesta en la mesa y un vencimiento a la vista.

TRANSPARENCIA

A continuación se presentan las Actas y algunos correos electrónicos que reflejan las posiciones negociadoras de la Asociación y los Sindicatos para la renovación del Convenio. Iniciamos el archivo con el documento del 30 de diciembre de 2013 donde -para evitar conflictividad- la Asociación acepta la ultraactividad del Convenio hasta el 30 de junio de 2015; a partir de aquí se producen sucesivas reuniones: entre ellas la que refleja el Acta del 30 de junio de 2015 donde nuevamente aceptamos una prórroga de la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de este año. El último Acta de 24 de noviembre de 2015, refleja la falta definitiva de acuerdo.

  • 24.11.2015.- Última Acta.
  • 17.11.2015.- Acta con Propuesta de la parte empresarial y con su razonamiento.
  • 06.11.2015.- Convocatoria a reunión de la Asociación mostrando preocupación por alcanzar acuerdos y adjuntando propuesta.
  • 30.06.2015.- Prórroga vigencia del Convenio a propuesta de la Asociación para evitar que el sector se quede sin el mismo.
  • 29.06.2015.- Acta reflejando posiciones por todas las partes negociadoras.
  • 17.02.2015.- Acta de la reunión con detalle de la posición empresarial.
  • 16.12.2014.- Acta de la reunión con detalle de la posición empresarial.
  • 25.11.2014.- Acta de la reunión también con la posición empresarial.
  • 21.10.2014.- Acta de la reunión.
  • 07.10.2014.- Acta de la reunión con resumen de todas las propuestas habidas desde el inicio de la negociación.
  • 30.12.2013.- Posición de la parte empresarial unilateral aceptando la prórroga del Convenio para evitar la desregularización sectorial.
  • Fechas anteriores.- Ponemos a disposición de quien esté interesado copia de las actas precedentes.

Por si de la lectura de las Actas anteriores no quedara suficientemente clara la propuesta empresarial que la parte sindical ha rechazado, se reproduce a continuación esta última:

Art. 4.- El ámbito temporal 2016 y 2017 con una ultraactividad de 24 meses.

Art. 5: SISTEMA RETRIBUTIVO.- Se adaptaría la redacción de la categoría especial a lo aceptado en la mesa de negociación de la última convocatoria.

Art. 6: INCREMENTO SALARIAL.- Para el año 2016 se pactaría el 1,60% para las categorías 1ª a 5ª, que sería repercutido íntegramente en complementos salariales. Para el año 2017, con igual sistema, se aceptaría el IPC del 2016 incrementado en 0,40 puntos (y siempre con garantía de este porcentaje, incluso con IPCs negativos).

Art. 14: APRENDIZAJE Y FORMACIÓN LABORAL.- Habría que adaptar ligeramente el texto a la situación actual.

Art. 24: SITUACIÓN DE BAJA.- Se incorporaría el texto consensuado en la última reunión de la mesa negociadora.

Art. 30: CLÁUSULA DE NO VINCULACIÓN: DESCUELGUE.- Mantenemos el texto que la Asociación ha presentado con el compromiso de reconsiderar redacción en el supuesto de que se diera más de un caso sometido a arbitraje.

Art. 31: EMPRESAS DE RESTAURACIÓN EN COLECTIVIDADES.- Desaparece. Con el mismo número podría incluirse el artículo que la Asociación propuso a la Mesa Negociadora como incentivo de formación y con la denominación “Plus Compensatorio de Formación”.

Art. 28: GARANTIAS SINDICALES.- Un pequeño ajuste en el texto de acuerdo con lo que se entregó en la Mesa de Negociación.

DISPOSICIONES FINALES.- Habría que hacer una revisión del texto. (Ej.: art. 20).

TABLAS.- Se confeccionarían de acuerdo con lo señalado en el art. 5.

ANEXO III.- Dada la situación de Colectividades, puede que sobre en el texto del Convenio.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA.- Firmado el Convenio, y dentro de los primeros 45 días de 2016, la Comisión Paritaria se reuniría para dialogar sobre cuestiones no afrontadas en el Convenio (como puede ser las situaciones anormales de externalización) o sobre contenidos del Convenio que merezcan una revisión.

Finalmente, la Junta Directiva de la Asociación, en su reunión del día 9 de diciembre, ha autorizado a incorporar un Plus (único) a introducir en la paga de diciembre por importe de 60 € (en cómputo de jornada completa), siempre que el acuerdo en función a la propuesta que antecede se alcance con anterioridad al día 18, dada la necesidad de llegar a tiempo de introducir en nómina este Plus extraordinario.

Y si usted está leyendo este documento, significa que esta propuesta empresarial no ha alcanzado la conformidad de la parte sindical.

Ángel T. Gago
Secretario General Ejecutivo

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