Dislates institucionales nada ejemplarizantes
Hay ocasiones en las que resulta difícil juzgar el sentido común de las normas que se tramitan (y aprueban) en el entorno institucional: el problema no es tanto la voluntad del legislador, que en ocasiones puede ser loable, como el hecho de que la normativa final aprobada resulta más que cuestionable.
Se acaban de publicar dos leyes que afectan directamente al consumo de alcohol y tabaco (y a los menores de edad), a las que los medios de comunicación han hecho constante referencia en su aplicación a centros deportivos: los hechos han demostrado que una ley, quizás con objetivos comprensibles, finalmente se aprueba sin valorar todas las demás consecuencias tan comprensibles como esos objetivos.
Existen decenas de muy pequeñas explotaciones hosteleras en centros públicos y privados, que se engloban en la expresión “recintos deportivos”, y que son pequeñas actividades que en ocasiones se han adquirido mediante concurso fijando un canon o contraprestación con criterios basados en el desarrollo de un servicio de hostelería de alimentación y/o bebidas con o sin alcohol: de repente nuestros legisladores introducen una modificación sustancial y los demás a padecer las consecuencias. ¡Qué bravura!
Tienen toda esa bravura que no han demostrado cuando han regulado esta normativa para txokos a los que de alguna forma dejan excluidos ¡dios sabe! con qué etérea argumentación. Aquí alguno puede hacer referencia a que son centros privados donde uno voluntariamente pertenece: ¡perfecto! ¿Y no tendría la misma consideración un Café-Bar de un autónomo sin asalariados y con un cartel de acceso que diga que en ese lugar – de acceso voluntario – está permitido fumar? ¿Cuál es la diferencia?
Bravura es lo que les falta para adoptar actitudes ejemplares: vivimos en un País en el que el alcohol aparece en cualquier acto festivo en la vía pública… y sólo se acuerdan de legislar para recintos cerrados. Vivimos en un país en el que se acaba de prohibir la presencia de menores de 16 años en establecimientos cerrados por el simple hecho de que se vendan (no que consuman) bebidas alcohólicas, exigiendo que esa presencia solo pueda hacerla un menor acompañado hasta las 10 de la noche: ¡perfecto!. Ahora solo falta que justifiquen por qué en espacios abiertos el menor va a poder estar rodeado de alcohol (Ej.: en txoznas, instalaciones eventuales, txupinazos, actos de todo tipo…) o que justifiquen por qué se tramitan iniciativas para poner a su disposición lonjas donde puedan hacer y deshacer lo que no está escrito, porque sería difícil reconocerlo…
Y mientras ese es nuestro entorno, nuestros legisladores se preocupan de nuestros pequeños recintos perfectamente controlados. ¡País!
Ángel T. Gago
Secretario General Ejecutivo