71 PÁGINAS
Setenta y un páginas (en letra comprimida) es lo que ha necesitado el Gobierno para desarrollar lo que ha denominado “Proyecto de Ley sobre adicciones”. Setenta y un páginas que incluyen una exposición de motivos, siete títulos y un conjunto de disposiciones adicionales y finales: quien desee profundizar en el tema, puede visitar la web asociativa (legislación).
No me corresponde opinar, aunque podría hacerlo, sobre el conjunto de disposiciones que afectan a la prevención, a la promoción de la salud, conductas en el ámbito familiar, asistencia sanitaria y un amplio etcétera. Pero quiero hacerlo sobre aspectos de la ley que afectan a la empresa hostelera, y más concretamente en lo vinculado a la Publicidad, Venta y Consumo de tabaco y productos alcohólicos, y todo ello como complemento a una opinión anterior (Legisla que algo queda).
1- LA HISTORIA SE REPITE
Prácticamente, desde hace más de 20 años, el entorno institucional legisla sobre este tema, y los hechos evidencian que la situación en nada ha mejorado. Vuelve a incidir reiteradamente en unas cuestiones prácticamente colaterales, mientras aplica una inhibición absoluta en lo más esencial: el consumo de alcohol y tabaco por el menor de edad. ¡Ahí es donde está el problema!.
Tantos años de sucesivas legislaciones para nada, porque el menor se pasa la legislación por donde todos sabemos:
- Siempre encontrará un lugar para proveerse de alcohol y/o tabaco.
- …Y si no lo encuentra, siempre podrá acudir a un mayor de edad para que se lo adquiera….
- Y quien piense que la ley puede actuar sobre ese mayor de edad, está confundido, porque el menor (listo) -que siempre va por delante del legislador- siempre podrá acudir a un mendigo o persona insolvente que, a cambio de una limosna, intermediará en la compra de esos productos. (Y que ahora diga el Gobierno cómo va a cobrar o sancionar a un insolvente).
También la historia acredita la reiterada preocupación institucional por la publicidad de alcohol y tabaco; y los resultados tampoco acreditan éxitos:
- Señalar que queda prohibida la publicidad en emisoras locales de alcohol y tabaco en ciertas horas, es desconocer que esa publicidad puede venir ejecutada desde ámbitos extraterritoriales.
- Pensar que se puede poner límites a internet y medios audiovisuales, es tener una desconexión absoluta con la realidad.
- Pero si alguien quiere decir que algo se puede avanzar, también se podría analizar por qué no se ha hecho (con la legislación ya existente) en la publicidad de frontones…, y conste que es solo un ejemplo de otros muchos.
Y en este contexto de leyes inservibles en lo que a resultados se refiere, se aprueba una nueva ley: ¿cómo pretenden que aplaudamos la iniciativa?.
2- HAY ALTERNATIVAS
Sería injusto que criticando el marco legal no reflejara opciones que el legislador tiene y no emplea. Aunque sólo fuera por el fracaso de más de 20 años, no se debería insistir o repetir políticas continuistas:
- Se puede y debe actuar sobre el menor…, sobre el menor que consume alcohol y/o tabaco…, lo haga donde lo haga; y debe llegar un momento en que el menor (al margen de ser formado en conductas correctas) tenga temor de un marco legislativo que va a sancionar su conducta. Y cuando sea necesario, que de esa conducta también respondan las familias..
- La fórmula anterior es la que nunca se ha utilizado, y el entorno institucional siempre pretende señalar la responsabilidad de quien le haya proporcionado el alcohol o el tabaco, que ciertamente la tiene, pero muy lejos del carácter absoluto que le legislación intenta establecer.
- Respecto a la publicidad, el entorno institucional, y especialmente, el educativo, debería haber servido para hacernos más fuertes y menos influenciables: en lugar de considerarnos como disminuidos o incapacitados mentales, podrían habernos formado para ser capaz de escuchar o percibir una publicidad sin que por ello tengamos que caer en la tentación de la compra. Pero como esto también requiere esfuerzo, es mejor intentar poner coto a la publicidad en los medios escritos…, en los de audio…, en internet…, en audiovisuales…: Hay que controlar hasta los coches de la Fórmula 1, la publicidad en la calle, la publicidad en los edificios…. ¿No sería mejor formarnos para poder recibir mensajes publicitarios y administrarlos correctamente?.
3- A LA ESPERA Y COMO RESUMEN
Estamos ante un proyecto que posiblemente no va a tener demasiadas variaciones conociendo la actitud y competencias de quienes lo alumbran. Pero no perdemos la esperanza porque en el anterior borrador existían situaciones que en el de ahora se han corregido:
- Que un menor pudiera servir alcohol: sabia decisión para conseguir mandar al paro a todos los jóvenes de 16 a 18 años que trabajan en hostelería.
- La limitación de acceso de menores a establecimientos con alcohol: ¡qué fácil es legislar para otros y soslayar lo propio!. Legislar así en Euskadi, que es una fiesta casi permanente, donde el menor campa a sus anchas, tiene su miga; y la tiene las lonjas juveniles que la administración autoriza y donde lo primero que entra es el alcohol, por no hablar de otras sustancias. Y en un país donde esto sucede, se intentaba impedir la presencia de menores de 18 años en los establecimientos, aunque fuera consumiendo un refresco.
- Se intentaba impedir la presencia de menores de 16 años, y por supuesto que esto es posible en algunas sociedades pero, ¿se era consciente de que tal decisión conllevaba la nula participación de menores en actos familiares como bodas, bautizos, comuniones,…?.
Es decir, no perdamos la esperanza de que todavía hay aspectos que se modifiquen; no perdamos la esperanza de que se evite legislar para que otros cumplan soslayando las propias obligaciones; no perdamos la esperanza de que se deje de incidir en políticas que evidencian un fracaso permanente; no perdamos la esperanza, pero si al final la normativa institucional nos lleva por delante, que no sea porque no se haya incidido en el tema.
Intentar evitar la presencia de familias y ciudadanos en la calle en horario diurno es una locura; y delegar el cumplimiento de esta exigencia en los Ayuntamientos, es asignarles unas responsabilidades para las que no están preparados (y ni siquiera quieren asumirlo); y prohibir esta presencia, generaría agravios comparativos entre las conductas de los diferentes Ayuntamientos; y mantener esta prohibición, salvo a los actos institucionales, implicaría la consagración de la ley del embudo a establecimientos y a medios publicitarios, mientras que en los actos propios -institucionales- seguiríamos brindando con champagne, perdón agua de Bilbao, fumando puros, bañándonos en patxaran, y todo ello presenciado por esos miles de autónomos hosteleros que no encontrarían adjetivos suficientes para calificar tanta discriminación.
Y como lo siento, lo digo.
Ángel T. Gago
Secretario General Ejecutivo