Autónomos: Solicitud prestaciones Cese Actividad
Para aquellos que queráis solicitar la prestación por cese de actividad, os informamos que ya están disponibles los impresos de solicitud en las páginas web de las mutuas.
Tal y como ya os hemos indicado, para poder solicitar las prestaciones descritas en el RDL 11/2021 es preciso haber percibido o estar percibiendo alguna de las prestaciones de cese de actividad previstas en los artos 6 y 7 del RD 2/2021 y acreditar una reducción de ingresos (ver nuestra información del 28 de mayo, en la que encontrarás también los enlaces a los impresos de solicitud).
Reiteradamente nos habéis planteado la siguiente duda:
¿Tengo carencia para solicitar la prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia?
La cotización por cese de actividad es obligatoria desde el 1 de enero de 2019. Hasta entonces el autónomo podía elegir si quería o no cotizar por ella. La mayoría de nuestros autónomos no comenzaron a cotizar hasta esa fecha, por lo que los cálculos deben hacerse desde ese momento (habrían cotizado como máximo 29 meses y tendrían derecho a cobro durante 8 meses).