Notificaciones institucionales: sanciones
Llamamos la atención sobre la aplicación de la Ley 39/2015 en cuanto a la comunicación fehaciente de expedientes/sanciones que la Administración, en este caso el Gobierno Vasco, ha empezado a utilizar:
1️⃣ SANCIÓN Y PROPUESTA.- Ante un expediente administrativo con imposición de sanciones, el Gobierno Vasco, junto a la comunicación de la sanción, ofrece la posibilidad de que la misma sea reducida en estas cuantías:
» 20% si se asume la culpa y se acepta la sanción.
» 20% (+) si se formaliza el pago de la misma antes de los 15 días.
» De acuerdo con lo señalado, la aceptación y el pago implica una reducción del 40%: se deberá presentar escrito indicándolo.
2️⃣ NOTIFICACIÓN Y DATOS DE AVISO.- A las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica (C.B.), se les envía un documento para que especifiquen el idioma en que quieren ser notificadas con la obligación de referenciar un correo electrónico y/o un teléfono móvil que serán los medios que la administración utilizará para las notificaciones.
En consecuencia, el interesado debe estar muy pendiente de ese tipo de avisos para que no se le pasen los plazos.