15/02/2019

Gestión contable en las empresas

Hoy en día, el cálculo de los Rendimientos Empresariales nace, esencialmente, de la diferencia entre Ingresos y Gastos en la actividad. Respecto a estos últimos, las anotaciones pueden concretarse en múltiples conceptos (Compras, Arrendamientos, Costes laborales, Autónomos…); y luego suele haber un apartado de «Gastos sin IVA» donde ciertas anotaciones también son vigiladas o controladas por Hacienda Foral.

Explicamos la situación de forma más práctica: en principio Hacienda vigila que las anotaciones de Gastos respondan a conceptos vinculados a la actividad, por lo que cuando detecta que un titular empresarial introduce gastos por conceptos como Igualatorio, garajes de casa, gastos de comunidad de vivienda, cuotas del Athletic, impuestos de pagos fraccionados… (creo que con estos ejemplos reflejamos a qué nos referimos), cuando detecta ese tipo de gastos, Hacienda realiza una rectificación y gira liquidaciones complementarias (pues la desaparición del gasto incrementa el beneficio).

Cualquier duda que tengáis, podéis consultarla en nuestra sede social.