Importante: Empresas en IVA en Módulos
Existen titulares empresariales, bien como Personas Físicas o como Comunidad de Bienes que, -en estos momentos- están acogidos al Régimen Simplificado del IVA (Módulos), opción que les puede generar alguna ventaja, y que en ocasiones de cierta importancia. El estado quiere que este sistema vaya desapareciendo progresivamente y, para ello, utiliza el parámetro de nivel de actividad (ventas y/o gastos). En definitiva:
1. Para 2018 estarán excluidos de la opción de Módulos los empresarios que facturen cifras superiores a 250.000 €: todos aquellos que (por la cifra indicada) prevén que se van a ver inmersos en la obligatoriedad de cambiar Módulos por Régimen General, deben ser conscientes -muy conscientes- de ello, y empezar a actuar y consultar desde ahora.(*)
2. Pero si lo anterior afecta a un grupo reducido de establecimientos, va a ser mucho más importante lo que sucederá en 2019, donde el límite queda establecido en 150.000 €. Es decir, para el año 2019 prácticamente la totalidad de las empresas con algún trabajador deberán declarar el IVA por Régimen General, es decir, en función a datos contables.
(*) NOTA.- Las empresas que realizan su gestión en sede social, y que en el 2018 se ven obligados a tributar en Régimen General quedando excluido de la opción de Módulos, deben reflexionar en dos sentidos:
a) El impacto económico que les puede suponer (en la Asociación estamos a vuestra disposición).
b) Que la gestión contable no podrá quedar retardada en el tiempo: cada trimestre hay que hacer la declaración según contabilidad, y eso obliga a una disciplina contable que impide el retrasar los registros de los ingresos y gastos.
Cualquiera de las personas de la sede social os pueden asesorar, comentar, ampliar la información que antecede, aunque sugerimos que se haga en entrevista directa. |